Se consideran residuos industriales aquellas substancias u objetos (materiales sólidos, gaseosos o líquidos) resultantes de un proceso de fabricación, de transformación, de utilización, de consumo o de limpieza, de los cuales el productor o poseedor tiene voluntad de desprenderse. Solo los productores de residuos que se consideran industrias pueden generar esta tipología de residuos. 

Por la gran cantidad de estos que se generan y por sus características, los residuos industriales se someten a un programa  y un modelo de gestión específicos. El modelo de gestión vigente se fundamenta en instrumentos legales como los catálogos de residuos y el manual de gestión, y tiene como figuras principales las del productor, el transportista y el gestor

Este modelo de gestión determina, asimismo, el esquema documental aplicable, del que debe destacarse la declaración anual de residuos, que los productores industriales deben elaborar y presentar el primer trimestre del año, y que constituye una herramienta básica de gestión y de planificación. Asimismo, los productores de residuos peligrosos, gestores de residuos, y agentes, negociantes y transportistas de residuos peligrosos deben presentar una memoria anual de residuos.

Los gestores de residuos en Cataluña

Se consideran gestores de residuos aquellos que se dedican a actividades de recuperación (reciclaje), tratamiento, almacenaje, disposición del rechazo o, en general, de manipulación de cualquier tipo de residuo.

Para poder desarrollar una actividad de gestión de residuos, es necesaria la obtención de la autorización o la licencia ambiental correspondiente. Una vez autorizada, es imprescindible inscribirse como gestor en el Registro general de gestores de residuos de Cataluña, o bien solicitar poder tramitar documentación de control en periodo de prueba. 

En ECO4US estamos, por descontado, inscritos en el Registro correspondiente y presentamos de manera periódica toda la documentación que requiere la normativa aplicable a gestores de residuos en Catalunya, mediante la pertinente Declaración anual de residuos industriales (DARIG).

Además, no solo por exigencia, sino que también por convicción y compromiso con el entorno, cumplimos con las obligaciones y responsabilidades que aplican a nuestra actividad.  Así, pues, garantizamos que los residuos que entran en nuestras plantas se tratan o valoran de forma correcta y de acuerdo con lo que establece la normativa vigente. Asimismo, cumplimos escrupulosamente con todos los aspectos señalados en la resolución y en la declaración de impacto ambiental.

Clasificación de residuos industriales

Los residuos industriales se pueden clasificar en tres grandes grupos. 

Por una parte, los residuos inertes, que son los que, una vez desechados, no experimentan ningún tipo de transformación física, química o biológica significativa. 

Por otra parte, los residuos especiales o peligrosos, que son todos aquellos que, debido a la peligrosidad de sus componentes, deben ser tratados según la normativa específica. Estos residuos se incluyen en el ámbito de aplicación de la Directiva 91/689/CE de la Unión Europea (más adelante publicaremos un post ampliando la información sobre este tipo de residuos). 

Finalmente, los residuos no especiales, que son todos aquellos que no entran en las clasificaciones anteriores. Entran en esta tipología el cartón, el plástico, la madera, el vidrio o la chatarra, entre otros. 

En ECO4US buscamos la forma más adecuada de tratar y transformar cada residuo, según su tipología y la legislación aplicable.

Normativa que aplica a los productores de residuos en Cataluña:

Decreto Legislativo 1/2009, de 21 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de los Residuos, artículo 3.
Decreto 93/1999, de 6 de abril, sobre procedimientos de gestión de residuos. 
Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular. 

Normativa adicional que aplica a los gestores de residuos en Cataluña:

Ley 20/2009, de 4 de diciembre, de prevención y control ambiental de las actividades.
Real Decreto 210/2018, de 6 de abril, por el que se aprueba el Programa de Prevención y Gestión de Residuos y Recursos de Cataluña (PRECAT20).